Tribunales: la Corte dejó en pie el decreto para vender tierras a extranjeros
El máximo tribunal resolvió mantener firme la norma del Gobierno que habilita la compra de campos y propiedades rurales sin los topes que fijaba la legislación previa.
La actividad en el Palacio de Tribunales concentró todas las miradas tras una resolución de alto impacto de la Corte Suprema. El máximo tribunal dejó formalmente vigente el decreto del Poder Ejecutivo que habilita la compraventa de tierras sin restricciones para compradores extranjeros, un punto central dentro de las reformas normativas impulsadas por la gestión libertaria.
El pronunciamiento judicial respalda la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que desarmó las restricciones de la histórica Ley de Tierras. Con este fallo, queda sin efecto el freno que pesaba sobre la desregulación, permitiendo que inversores y personas de otros países adquieran territorio nacional sin los topes porcentuales y de superficie que regían con anterioridad.
Las claves de la decisión judicial
- Sin límites de superficie: la normativa vigente permite comercializar parcelas y campos a capitales foráneos sin cupos por nacionalidad ni restricciones por cuencas de agua o zonas de frontera.
- Respaldo al DNU: la Corte Suprema desestimó los cuestionamientos que buscaban frenar el apartado inmobiliario y rural del decreto presidencial.
- Efecto inmediato: el criterio aplicado por el máximo tribunal desactiva las medidas cautelares previas y ratifica la plena aplicación de la nueva reglamentación en todo el territorio argentino.
La disputa judicial alrededor de la norma había generado múltiples presentaciones en distintas instancias federales desde la firma del decreto. Diversas organizaciones y sectores habían reclamado la inconstitucionalidad de la medida, bajo el argumento de que vulneraba la soberanía sobre los recursos estratégicos y el suelo argentino.
A partir de este pronunciamiento de la Corte, el mercado inmobiliario rural recupera una pauta de desregulación total, dejando atrás los límites que restringían al 15% la titularidad foránea a nivel nacional, provincial y departamental.
Qué panorama se abre en el sector rural
La vigencia del decreto abre una nueva etapa en las operaciones de compraventa de grandes extensiones de campo y áreas productivas. Sin el corsé de las autorizaciones especiales ni los certificados de habilitación previa que exigía el registro de tierras, las operaciones entre privados extranjeros pasan a regirse con el mismo esquema aplicable a compradores locales.
A partir de ahora, la atención se concentra en los registros inmobiliarios provinciales y en las notarías, que deberán instrumentar las nuevas escrituraciones sin aplicar las cláusulas de control que exigía el régimen derogado.
Fuente: Infobae
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Escrito por
Federico Ledesma · Editor de Actualidad
Editor de la mesa de noticias de SigmaDiario. Cubre la actualidad argentina con el foco puesto en lo que impacta el bolsillo: dólar, precios, ANSES y las medidas del Gobierno. Cada nota parte de fuentes citadas y datos verificables, contada sin vueltas y en castellano claro.
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